A través del 099 019 500, las personas pueden realizar el trámite que las lleva a recibir el documento en formato PDF y con un código QR que garantiza su legitimidad ante organismos e instituciones.

La Intendencia de Montevideo generó una nueva herramienta para facilitarle a las personas el acceso a partidas de nacimiento, defunción o matrimonio. Quienes deseen conseguir alguna de ellas tienen ahora la posibilidad de hacerlo a través de su celular: enviando la palabra “partidas” al 099 019 500, o simplemente seleccionando “chatear” para luego escoger la opción 14, “solicitud de partidas”.
A partir de ese momento, el usuario o usuaria dispondrá de 24 horas de plazo para abonar el trámite. Tendrá varias opciones para efectuar el pago en línea, ya que hay varios establecimientos habilitados para hacerlo: Banco República, BBVA, Santander, Banred, Itaú, Scotiabank y Club del Este. Si pasado dicho lapso no se efectuó el pago, la solicitud quedará cancelada.
Quienes hayan completado el proceso recibirán la partida electrónica en formato PDF. Además de tener validez de 30 días corridos desde su fecha de emisión, período en el que podrá utilizarse para todos los trámites necesarios, el documento incluirá un código QR que garantiza su legitimidad ante las entidades u organismos ante los que se presenta.
Lo que hay que saber
-Enviando un mensaje de whatsapp al 099 019 500 podrán obtenerse partidas electrónicas de nacimiento, defunción o matrimonio.
-Las personas tendrán hasta las 16 horas del día siguiente a la solicitud para realizar el pago en línea, tras lo cual recibirán la partida en formato PDF.
-Están disponibles las partidas de personas nacidas o fallecidas en Montevideo entre 1879 y 2012, así como las de los matrimonios efectuados de 1879 a 2014.
-Es necesario hacer una solicitud por cada partida requerida: si una persona quiere conseguir tres, deberá hacer el procedimiento tres veces.
-Las partidas sin costo solicitadas por la Defensoría de Oficios, el Consultorio Jurídico de la Udelar, Comuna Mujer, Mides, BPS y personas amparadas por la Resolución N.º 956/08 deberán gestionarse de forma presencial.
-Las partidas del interior o exterior registradas en Uruguay se deben solicitar en la Dirección Nacional del Registro de Estado Civil (Av. Uruguay 933).